La corte de apelaciones del noveno circuito confirmó el fallo de un tribunal inferior que determinó que la secretaría de Seguridad Nacional, Kristi Noem se excedió en su autoridad al cancelar el Estatus de Protección Temporal para los venezolanos.
De acuerdo con el fallo, la legislación de TPS aprobada por el Congreso no permite a ningún secretario anular una designación vigente antes de su expiración legal.
Sin embargo, la resolución no tendrá ningún efecto inmediato debido a que la Corte Suprema permitió en 2025 que entrara en vigor la cancelación del TPS para los venezolanos.
Es decir, aunque la corte de apelaciones sostenga que la decisión fue ilegal, no pueden restablecerse las protecciones para los venezolanos que resultaron afectados, hasta que la Corte Suprema emita un fallo final sobre este tema.
La cancelación del TPS ha tenido efectos directos para los cientos de millas de venezolanos que vivían y trabajaban legalmente en el país, como la pérdida de su autorización de trabajo, y el riesgo de ser deportados.
El panel de jueces también ratificó el fallo del tribunal inferior que indicaba que Noem se excedió en su autoridad al decidir cancelar anticipadamente el TPS para cientos de millas de haitianos.
Se espera que un juez federal en Washington emita un fallo en cualquier momento sobre una solicitud para pausar la terminación del TPS para Haití mientras se tramita una demanda separada que lo impugna. La designación del TPS para los haitianos finalizará el 3 de febrero.
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