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lunes, septiembre 16, 2024

España, a la cola de Europa en la regulación de la industria del cannabis | Legal

Si bien actualmente el término cannabis se asocia con drogas psicotrópicas, apareciendo de primeros un rechazo generalizado, existen muchos otros usos de esta planta, como el industrial, textil, alimentario o sanitario, que pueden resultar desconocidos para el público, que en los últimos tiempos han adquirido un gran protagonismo.

En este artículo nos centraremos en la subespecie cannabácea Cannabis Sativa o cáñamo, concretamente en uno de sus componentes– los denominados cannabinoides- no psicoactivos: el cannabidiol, más conocido como CBD, y que está siendo objeto de regulación en un creciente número de estados de la Unión Europea.

A diferencia del componente psicoactivo del cáñamo, como puede ser el tetrahidrocannabinol o THC, el CBD no genera adicción o dependencia, no es nocivo para la salud ni provoca efectos psicotrópicos en sus usuarios. Al contrario, este principio activo de la planta del cáñamo ha sido reconocido por un número creciente de investigaciones por su utilidad en el tratamiento de dolencias médicas concretas, así como del insomnio, la ansiedad, las náuseas y el dolor. Si bien, por su novedad, aún no existe un cuerpo robusto de estudios científicos sobre todas estas cuestiones, existe unanimidad sobre cuán prometedor es el CBD en esta materia.

Justamente por estas propiedades, los productos con CBD ocuparon recientemente portadas y minutos en prensa. En España los puntos de venta aumentan cada día, lo que refleja un mayor interés de inversores y empresarios para potenciar este sector. Se calcula que, hoy en día, el CBD aporta a la economía europea 1.435 millones de euros y más de 2.000 millones de dólares en Estados Unidos.

A pesar de este relevante impacto económico, los empresarios y emprendedores en España se topan con una legislación obsoleta (aún hoy la normativa de referencia es la Ley de 1967 sobre estupefacientes) que no da seguridad jurídica para el adecuado desarrollo de este pujante mercado. Cabe destacar que en nuestro país todavía no existe una norma específica que regule el cannabis, sus componentes y sus usos.

Sin embargo, el legislador español está mostrando cada vez más interés en una regulación más detallada. Prueba de ello son los recientes debates parlamentarios sobre la posibilidad de aprobar una regulación integral del cannabis para establecer un marco jurídico más claro y que aporte seguridad jurídica a todos los agentes involucrados o el reciente informe de la subcomisión parlamentaria para analizar experiencias de regulación del cannabis para uso medicinal que abre la puerta a la dispensacion del cannabis medicinal en farmacias.

En el contexto internacional, Holanda, Estonia, Finlandia o Malta permiten la producción y comercialización de productos con CBD. En términos más generales, cada vez más países en la Unión Europea, como Malta, Portugal o Francia (y las propias instituciones europeas), caminan hacia una regulación más clara y detallada de los diferentes usos a los que puede destinarse el cannabidiol. Más, recientemente, el Gobierno alemán recibió el visto bueno de la Comisión Europea para la aprobación de un proyecto de ley que, entre otros, permitirá mucho más la venta libre del CBD.

Además, la aplicación en la materia del principio de reconocimiento mutuo (si bien no absoluto) y libre circulación de mercancías en Europa garantizan que no se establezcan obstáculos a la comercialización de productos que ya se venden legalmente en otros Estados Miembros. Así lo señalo expresamente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con el CBD en el ya conocido Kanavape, al no reconocerlo como sustancia estupefaciente. Esto implica, en consecuencia, que muchos productos con CBD son ya hoy de facto legales en España. En definitiva, la casilla de salida es ya la libre circulación.

Todo ello nos permite concluir que, a pesar de la apatía del legislador español, estamos viviendo un cambio de tendencia gracias a la combinación de las nuevas regulaciones europeas y la aplicación del principio de reconocimiento mutuo. De hecho, la fuerza de la oferta y la demanda es tozuda: hasta la fecha, la comercialización de productos con CBD, prevista o no en la normativa vigente, parece llevarse a cabo con relativa normalidad.

Si bien la introducción en el mercado español de productos con CBD es legal a grandes características, no existe certeza sobre qué productos pueden producirse exactamente y comercializarse ni sobre qué regulación les es de aplicación. Este vacío legal en España no es adecuado para potenciar este sector prometedor, para el que nuestro país reúne las condiciones idóneas para ser de referencia europeo.

España no puede quedar rezagada en esta ola de cambio –por el contrario, debe tomar la iniciativa–. Es urgente que el legislador español, más pronto que tarde, regule claramente en qué condiciones podrán importarse, apareció y comercializarse productos con CBD en nuestro país, como sucede ya en muchos lugares de Europa, y acerque la ley a la realidad del mercado.

Miguel Ángel Trillo-Figueroa Ávila y Guillem Valencia Caballeroasociados en Santiago Mediano Abogados



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