España dispone de un marco de ayudas fiscales a la I+D+i entre las que se encuentran las Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal investigador, reguladas en el RD 475/2014, que tienen por objeto la reducción en las aportaciones empresariales a la Seguridad Social de aquellos empleados que dedican la totalidad de su tiempo al desarrollo de actividades de I+D+i, descritos en el artículo 34.1.a) y 35.2.a) de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Las entidades o empresas con trabajadores que cumplan dicho requisito tienen derecho a una remuneración del 40% en las aportaciones a la Seguridad Social por contingencias comunes, lo que supone ahorros de hasta 5.092 euros al año por empleado.
Recientemente han acontecido cambios de especial relevancia en lo que respeta a este incentivo con la entrada en vigor, el pasado septiembre, del nuevo Real Decreto Ley 1/2023 que modifica el antiguo RD en su ámbito de aplicación, poniendo el foco en la contratación indefinida de personal para la realización de actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo.
La rápida evolución de la tecnología pone en jaque a todas las empresas, que necesitan innovar en sus procesos. para continuar siendo competitivo. Los proyectos van surgiendo en función de las necesidades de la empresa y se llevan a cabo por aquellos empleados que estén calificados para ello. La ejecución no siempre recae en los mismos equipos, ni los mismos empleados. Las capacidades y la envergadura de los proyectos determinarán la implicación de cada trabajador. El anterior RD permitía dar de alta como personal investigador a cualquier empleado que cumpliese los requisitos. Ahora, si una empresa decide emprender un proyecto de I+D+i con sus propios recursos, no podrá beneficiarse de la prestación ya que se limita a las nuevas contrataciones.
Esto perturba el compromiso empresarial por la innovación y el crecimiento y capacitación de sus plantillas, ya que no solo es importante innovar y ser competitivo, sino ser rentable. Antes de embarcarse en cualquier nuevo proyecto deberán valorar qué es mejor desde el punto de vista de la rentabilidad y el retorno de la inversión: cualificar a sus equipos, incorporar nuevos perfiles, subcontratar el proyecto…
Otro cambio a destacar es la limitación temporal en su aplicación, que se establece en un máximo de tres años desde la contratación del empleado, en contraposición de lo anteriormente establecido que permitiría continuar con la aplicación de manera indefinida siempre y cuando no se modifique la dedicación. del empleado.
La publicación de las nuevas medidas incluidas en el RD en enero de 2023 generó muchas dudas e incertidumbre en todas las partes implicadas –empresas, Ministerio, entidades de certificación y empresas consultoras– ya que estas modificaciones parecían poder afectar a la continuidad del incentivo. . Tanto es así, que se emitieron una serie de consultas a la Seguridad Social por parte del Ministerio y entidades de Certificación para matizar aspectos de su aplicación en distintas casuísticas que puedan surgir en las empresas. A día de hoy, siguen sin responder, lo que genera aún más inseguridad a la hora de aprovecharse de las ventajas que implica.
El endurecimiento de las condiciones de aplicación también afecta a multitud de empresas multinacionales con centros de I+D en España que buscan rentabilidad.
Las nuevas especializaciones como Grandes datos y Nube, unido a la globalización, ha ocasionado el incremento de la búsqueda de talento español por parte de multinacionales extranjeras, ya que, debido al avance del trabajo remoto se ha favorecido la incorporación de candidatos sin importar su ubicación. Invierten atraídos por factores relacionados con la oferta tecnológica y consideran la internacionalización como una fuente de creación de valor para conseguir nuevas ventajas competitivas. Países como España consiguen un mayor poder de atracción por parte de las multinacionales cuanto más se incrementan los recursos comprometidos con la I+D, cuanto más se mejora la calidad de los recursos humanos y cuando más crece su nivel científico.
Poder aprovecharse de incentivos fiscales, como las Bonificaciones a la Seguridad Social, supone una motivación adicional para implantar sus centros de I+D en territorio español. Son muchas las empresas tecnológicas multinacionales que ya están asentadas en nuestro país y que, si no lo hayan hecho ya, no podrán beneficiarse de esta beneficio en las nuevas contrataciones, lo que supone una importante pérdida de ahorros. La deslocalización de los equipos y centros de trabajo podría ocasionar el desplazamiento de estas empresas extranjeras hacia otros países con mejores prestaciones en este sentido.
Si bien es verdad que estas modificaciones solo afectan a las nuevas incorporaciones realizadas a partir del 1 de septiembre, se teme por la continuidad del incentivo ya que no resultará tan atractivo de aplicar para el tejido empresarial español.
Belén Velasco Sánchezdirectora de I+D+i en BDO Abogados.