Por CARLOS SALCEDO
La aprobación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley que instituye un nuevo Código Penal constituye un hito jurídico en un país que ha operado durante más de un siglo con una normativa decimonónica, obsoleta frente a las transformaciones sociales y las nuevas modalidades delictivas.
En términos sustantivos, el proyecto presenta avances relevantes. Se tipifican figuras delictivas inexistentes en la legislación penal vigente, como el feminicidio, el sicariato, los crímenes motivados por odio, el acoso laboral y el acoso sexual, así como la corrupción agravada.

No obstante, la exclusión expresa de la despenalización del aborto en dos causales -inviabilidad del feto y violación o incesto- constituye un retroceso en materia de derechos fundamentales. Esta exclusión contradice principios constitucionales de dignidad humana, igualdad y protección de la vida y la salud de las mujeres, así como compromisos internacionales asumidos por el Estado dominicano ante órganos del sistema interamericano y de Naciones Unidas.
Desde una perspectiva de política criminal, preocupa que el texto aprobado refuerce una visión fuertemente punitivista, centrada en el aumento de penas y en un endurecimiento del régimen carcelario, sin articulación con medidas eficaces de prevención, rehabilitación o justicia restaurativa. La experiencia comparada demuestra que el encarcelamiento masivo no reduce la criminalidad estructural y, en cambio, agrava la exclusión social.
Igualmente, persisten ambigüedades en el régimen de responsabilidad penal de los agentes estatales, así como una débil regulación del uso excesivo de la fuerza o de las violaciones de derechos humanos cometidas por funcionarios públicos.
Desde una perspectiva normativa, la aprobación de este instrumento sin una deliberación pública efectiva ni participación real de sectores sociales diversos pone en entredicho su legitimidad democrática.
El país no necesita un Código Penal apresurado ni políticamente conveniente, sino un cuerpo legal coherente, justo, técnicamente sólido y respetuoso de los derechos humanos. La modernización jurídica no puede alcanzarse sacrificando principios esenciales de la convivencia democrática.
Fuente: almomento.ne