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jueves, abril 18, 2024

¿Cuál es el tiempo de descanso para trabajadores domésticos?


El tiempo de descanso para los trabajadores domésticos y las personas que se dedican a actividades relacionadas al entorno del hogar debe cumplir el mismo periodo que se les otorga a los empleados regulares. Lo estimado por el Ministerio de Trabajo es que cada cuatro horas se le permita una hora de reposo al colaborador.

Con la implementación de las resoluciones CNS-11-2022, CNSS 551-08 y la 14-2022, con las que el Gobierno comenzó a regular el trabajo doméstico, se ha fijado una jornada de ocho horas diarias, que equivalen a 44 horas a la semana, para actividades domésticas y afines, por un salario mínimo de 10,000 pesos mensuales.

Partiendo de las características de las actividades de limpieza, que conllevan un esfuerzo físico mayor, el empleador y su trabajador podrán establecer otro periodo de descanso. Por ejemplo: a una persona que deba cumplir una jornada laboral de más de ocho horas al día, quedándose a dormir en la casa de su empleador, le corresponden dos descansos –uno cada cuatro horas–, y terminado su horario, no debe ser solicitado.

En el caso de que el asistente para la limpieza casera, chofer, cocinero, cuidador y jardinero, entre otros colaboradores, llegue a trabajar cinco horas corridas, su reposo debe ser de una hora y 30 minutos.

El descanso semanal ininterrumpido debe ser de no menos 36 horas entre jornadas semanales. Dicho periodo se otorgará de acuerdo con los términos establecidos en el contrato de trabajo, previamente consensuado.

Excepciones y feriados

Existen algunas excepciones para que el trabajador doméstico continúe laborando fuera de su horario pactado:

  • al momento en que el empleador lo necesite para una asistencia en especial
  • la necesidad de que se requiera de sus conocimientos para otro tipo de actividad

En ambos casos, el trabajador debe recibir una compensación por su labor, ya sea económica o de otras facilidades para su beneficio.

“Si la persona trabajadora doméstica presta servicio en el período de su descanso semanal, puede optar entre recibir su salario ordinario aumentado en un 100 % o disfrutar de un descanso compensatorio, igual o adicional al tiempo de su descanso semanal en la semana siguiente”, destaca la guía instructiva del Ministerio de Trabajo.

Al referirse sobre las labores durante días feriados, en el documento se cita que cada día trabajado debe pagarse con un aumento de un 100 % sobre el salario a que tiene derecho el empleado. Para ello es necesario que ambas partes estén de acuerdo.

Vacaciones remuneradas

Otro de los derechos adquiridos por los trabajadores domésticos de contrato indefinido son las vacaciones, que es un descanso pagado al que el empleador está “obligado” a otorgar cada vez que el colaborador cumpla un año de trabajo de manera ininterrumpida.

En ese renglón, el ministerio especifica que, si el trabajador tiene más de un año y hasta cinco años trabajando bajo el mismo contrato, se le deben pagar 14 días de salario ordinario, y si tiene más de cinco años, 18 días de salario.

Es decir, cada empleado doméstico que tenga más de un año laborando con la misma persona, tiene derecho a 14 días de vacaciones, que corresponden a una quincena, la cual debe ser pagada por adelantado por su empleador el día antes de iniciarse las vacaciones.

Cada periodo vacacional debe ser pagado un día antes de que el trabajador se vaya a retirar por vacaciones y, en caso de que la fecha coincida con el periodo de pago, deben ser pagadas en su totalidad. Las vacaciones son un adelanto de la próxima quincena a pagar y no está sujeta a descuentos.

Periodista dominicana especializada en economía y finanzas, egresada de la Universidad Dominicana O&M.



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